Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0553/2016-S3
Fecha: 16-May-2016
1)
1) La Resolución impugnada señala que los Jueces del Tribunal Primero de Sentencia Penal del departamento de Chuquisaca no tienen competencia para resolver la cuestión planteada, puesto que el proceso ya cuenta con sentencia ejecutoriada que impide cualquier revisión; es decir, se pretende la incompetencia por existencia de cosa juzgada e imposibilidad de retrotraer trámite, siendo que la revisión de las actuaciones procesales será de oficio;
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la demanda
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el derecho a la fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- 3)
- i)
- ii)
- CONFIRMAR