Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0553/2016-S3
Fecha: 16-May-2016
II.4.
II.4. Consta Auto de Vista 230/15 de 29 de junio de 2015, pronunciado por Iván Sandoval Fuentes y Mirna Sandra Molina Villarroel, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca -ahora demandados-, rechazando por inadmisible la apelación incidental planteada por el accionante, por ser manifiestamente improcedente (fs. 25 a 26 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la demanda
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el derecho a la fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- 3)
- i)
- ii)
- CONFIRMAR