Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0560/2016-S1
Fecha: 12-May-2016
acción de libertad
En revisión la Resolución de 19 de febrero de 2016, cursante de fs. 115 a 117 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Silvia Eugenia Suarez Flores y Viviana Shirley Arancibia Borda en representación sin mandato de Yeri Lider Justiniano Soliz contra Mirtha Gaby Meneses Gómez y Ever Richard Veizaga Ayala, Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y, Carmen Ticona Aranda, Jueza Sexta de Instrucción en lo Penal del mismo departamento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.2.1.De la acción de libertad en la constitución Política del Estado
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3. El juez de instructor en lo penal encargado de ejercer el control jurisdiccional de la investigación
- Fragmento 19
- ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional”.
- III.4. Sobre la legitimación pasiva
- debido a la falta de legitimación pasiva, calidad que … se adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción”.
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR