Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0560/2016-S1
Fecha: 12-May-2016
II.2.
II.2. El 10 de marzo de 2015, el Fiscal de Materia, mediante Resolución, rechazó las actuaciones policiales, correspondiente al proceso penal seguido por el Ministerio Público de oficio contra el autor o autores por la presunta comisión del delito de homicidio, la cual fue presentada ante la autoridad jurisdiccional el 31 de marzo de igual año, causa que fue objeto de reapertura y ampliación de investigación contra Yery Lider Justiniano Soliz alias Keiran la Fuente Soliz (fs. 47 a 48).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.2.1.De la acción de libertad en la constitución Política del Estado
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3. El juez de instructor en lo penal encargado de ejercer el control jurisdiccional de la investigación
- Fragmento 19
- ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional”.
- III.4. Sobre la legitimación pasiva
- debido a la falta de legitimación pasiva, calidad que … se adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción”.
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR