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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0586/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0586/2016-S1

    Fecha: 23-May-2016

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica, alcances y presupuestos de activación de la acción de libertad
    • III.2.  Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
    • en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
    • La acción de libertad se configura como el medio más eficaz para restituir los derechos afectados; sin embargo, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser activados previamente por el o los interesados o afectados; en estos casos, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas,
    • Fragmento 13
    • homologación y aprobación del indulto, debe ser tramitado en la vía incidental
    • lo que significa que la resolución de homologación o rechazo del juez de ejecución penal, es apelable incidentalmente
    • el trámite de indulto se constituye dentro el proceso judicial en un incidente
    • Fragmento 17
    • Fragmento 18
    • CONFIRMAR

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