SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0586/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0586/2016-S1

Fecha: 23-May-2016

Fragmento 13

         La SCP 0241/2015-S2, en relación al rechazo de homologación realizado por el Juez de Ejecución Penal, refirió: “…al analizar un anterior Decreto Presidencial de concesión del beneficio del indulto, dejó expresamente establecido que: ‘En este sentido, tenemos que el juez competente para resolver y homologar el informe de la Comisión de Revisión de Concesión del Indulto, es el Juez de Ejecución Penal, pues el Decreto Presidencial 1445 debe ser entendido en concordancia con el art. 55 incs.1) y 2) del Código de Procedimiento Penal (CPP), el cual establece que: 'Los jueces de ejecución penal, además de las atribuciones contenidas en la Ley del Órgano Judicial y en la Ley de Ejecución de Penas y Sistema Penitenciario, tendrá a su cargo: