SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0586/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0586/2016-S1

Fecha: 23-May-2016

denegó

El Juez Cuarto de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución de 2 de marzo de 2016, cursante de      fs. 40 a 42 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos:               i) El derecho a la impugnación debe ser considerado como un derecho y garantía fundamental, el cual tienen todas las personas dentro de los trámites administrativos o judiciales, y la autoridad jurisdiccional debe aplicar esta garantía a efecto de que la finalidad establecida en la norma tenga un debido proceso, como emergente de la tutela judicial efectiva y el principio de legalidad que es aplicable en todas las instancias; ii) Los arts. 432, 394 y 403.11 del Código de Procedimiento Penal (CPP), señalan que las resoluciones incidentales son impugnables ante el superior, corroborado por el art. 55 del citado Código dentro de las competencias que se establece al Juez de Ejecución Penal; iii) El principio de subsidiariedad en la acción de libertad, tiene vigencia cuando el afectado puede utilizarlo de manera oportuna en resguardo de sus derechos; y, iv) En la SCP 0241/2015-S2 de 26 de febrero, se dejó establecido, que la resolución de homologación o rechazo del Juez de Ejecución Penal, es apelable incidentalmente y por eso debe ser activado antes de acudir a la jurisdicción constitucional.