Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0586/2016-S2
Fecha: 30-May-2016
I.2.1. Ratificación de la acción
Gumercindo Luis Muñoz Singuri, ratificó en audiencia, a través de su abogado, el contenido íntegro de la demanda tutelar presentada; enfatizando que la Resolución emitida por la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura, carece de fundamentación en franca vulneración de sus derechos fundamentales y garantías constitucionales, y en esencial, de los elementos del debido proceso, de fundamentación, motivación y congruencia entre la parte considerativa y la parte resolutiva, así como a la proporcionalidad. Por lo que, solicitó se conceda la tutela requerida, determinando que los demandados, emitan una nueva resolución fundamentando los agravios, objeto de apelación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Indicar el nombre y domicilio de la parte demandada, o de su representante legal
- la legitimación pasiva le corresponde al juez o tribunal que inicialmente ejecuto el acto o asumió la decisión, así como al juez o tribunal que tiene competencia para revisar y corregir esa actuación;
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo