Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0586/2016-S2
Fecha: 30-May-2016
II.1.
II.1. Mediante Resolución Disciplinaria 39/2015 de 11 de agosto, emitida por Nancy Díaz de Oropeza Navia, Jueza Tercera Disciplinaria del Consejo de la Magistratura, Distrital de Cochabamba, dentro de la denuncia interpuesta por Daysi Marca Huanca contra Gumercindo Luis Muñoz Singuri, ahora accionante; la autoridad disciplinaria declaró probada la denuncia, aplicando la sanción al encausado, de suspensión por un mes del ejercicio de sus funciones sin goce de haberes (fs. 9 a 13 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Indicar el nombre y domicilio de la parte demandada, o de su representante legal
- la legitimación pasiva le corresponde al juez o tribunal que inicialmente ejecuto el acto o asumió la decisión, así como al juez o tribunal que tiene competencia para revisar y corregir esa actuación;
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo