SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0596/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0596/2016-S3

Fecha: 23-May-2016

denegó

La Sala Civil, Comercial, Contenciosa Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 03 de 14 de enero de 2016, cursante de fs. 467 vta. a 470, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) En el presente caso, los representantes de la empresa denunciada, -ahora terceros interesados- se comprometieron a vender setenta y dos paquetes para el mundial “Brasil 2014” con una serie de compromisos, en virtud de los cuales la compradora de acuerdo a esa norma o a las estipulaciones contractuales, es hoy la representante de la empresa denunciante y hoy accionante; 2) El derecho penal tiene entre sus principios el de la última ratio o también conocido como principio de intervención mínima en las relaciones jurídicas entre particulares; 3) En cuanto al principio de seguridad jurídica, es una obligación de toda autoridad judicial e incluso administrativa observarlo, y por su naturaleza no puede ser reparado vía acción de amparo constitucional, dado que la misma solo protege derechos y garantías más no principios; y, 4) En virtud de las deficiencias referidas, se encuentra impedido de conceder la tutela solicitada.