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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0598/2016 S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0598/2016 S1

    Fecha: 30-May-2016

    II.2.

    II.2.  Por nota de 26 de mayo de 2010, Mirko Robin Zeballos Rojas, hizo conocer al Gerente General de COSETT Ltda., de Tarija la imposibilidad de asistir a su puesto de trabajo por orden judicial, al encontrarse con detención domiciliaria; por lo que, solicitó la suspensión de su contrato laboral          (fs. 22 y vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • a
    • 1)
    • denegó
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5
    • II.6
    • II.7
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 14
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.  Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.3. Del derecho al trabajo
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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