SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0607/2016- S1
Fecha: 30-May-2016
II.2.
II.2. El 29 de abril de 2015, el ahora accionante, a través de su representante, interpuso el recurso de casación; argumentando, respecto a la forma: 1) Falta de motivación por no valorar de manera integral la prueba asignándole un valor probatorio de manera motivada e incongruencia omisiva al ser la Sentencia citra petita por violar los arts. 190 y 196 del CPC abrg. según el art. 254.4 del mismo cuerpo legal; y en el fondo por: i) Error de derecho en la apreciación de la prueba documental de fs. 51 a 57 y 70 (del expediente original); ii) Error de hecho en la apreciación de la prueba testifical y pericial de fs. 99 a 105 (del expediente original); iii) Interpretación errónea del art. 1299 del CC. Por lo que solicitó se dicte una nueva sentencia, declarando probada su demanda (fs. 156 a 182).
- Omar Aparicio Romero
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Derecho a la congruencia entre acusación y condena, de donde se desprende el derecho a una debida fundamentación y motivación de los fallos judiciales
- concordancia entre el petitum de las partes y la decisión asumida por el juez o tribunal
- por otra, respecto a la estructura de la Resolución, a fin de que absuelva todos los puntos a consideración del juzgador
- conexitud del objeto del proceso entre la acusación y la sentencia
- correlación entre la decisión y los términos en que quedo oportunamente planteada la litis
- Fragmento 15
- improcedente
- Fragmento 17
- CONFIRMAR