SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0609/2016-S3
Fecha: 24-May-2016
II.3.
II.3. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el accionante y otros, por la presunta comisión del delito de asesinato, el prenombrado por intermedio de su abogado y su esposa Yermi Guarachi Colque, mediante escrito presentado el 15 de febrero de 2016, conforme consta en el respectivo cargo de recepción, se apersonó y pidió a la Fiscal de Materia a cargo de la investigación su traslado desde la Clínica URME de la ciudad de Oruro, a COSSMIL de la ciudad de La Paz, para que sea internado con carácter de emergencia, determinándose su traslado con seguridad y resguardo policial hasta el total restablecimiento de su salud, alegando que su vida corre grave riesgo, que cuenta con seguro médico de COSSMIL, así como el derecho de buscar la posibilidad de sanarse para lo cual requiere mejor tratamiento especializado (fs. 23 a 24).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- con carácter previo acuda ante el Juez conocedor de la presente causa, siendo que en la presente investigación los imputados ya fueron puestos a disposición del órgano jurisdiccional mediante imputación formal y solicitud de aplicación de medidas cautelares
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre los presupuestos de activación de la acción de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR