SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0618/2016-S2
Fecha: 30-May-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Las accionantes señalan como vulnerados sus derechos y garantías constitucionales referentes al trabajo y la estabilidad laboral, por cuanto de forma repentina fueron sorprendidas con memorándums de preaviso sin ninguna causal de despido; razón por la cual, solicitaron su reincorporación ante la Jefatura Departamental del Trabajo de Potosí, instancia administrativa que emitió la RA MTEPS/JDTP/EVM/016/2015 dejando sin efecto los memorándums de preaviso de rescisión de contrato; y la Conminatoria 021 mediante la cual se conminó a la reincorporación laboral de las accionantes, situación que no fue cumplida, es así, que agotada la vía administrativa nuevamente se emitió una Conminatoria la cual fue cumplida, motivo por el cual activan la presente acción tutelar en defensa de sus derechos y garantías constitucionales.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- aquello que se determine en la conminatoria deberá ser acatado por el empleador entre tanto se definan los derechos controvertidos en la vía judicial; en consecuencia, la tutela que obtenga el trabajador o trabajadora en sede administrativa laboral, conforme a los términos de las disposiciones legales antes señaladas, será siempre de carácter provisional
- continuidad y estabilidad de la relación laboral
- III.2. Análisis del caso concreto
- principios de protección de las trabajadoras
- CONFIRMAR en todo