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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0626/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0626/2016-S1

    Fecha: 03-Jun-2016

    Fragmento 16


    La SCP 301/2012 de 18 de junio de forma clara estableció: “El art. 128 de la CPE, establece que la acción de amparo constitucional tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos o de persona individual o colectiva que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a
    • 1)
    • i)
    • “improcedente”
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 13
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.
    • Fragmento 16
    • III.3.
    • III.4.2. Hechos controvertidos en al ámbito de las acciones de amparo constitucional
    • III.4. El derecho al agua y la protección del Estado Plurinacional
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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