SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0638/2016-s1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0638/2016-s1

Fecha: 03-Jun-2016

II.2.

II.2. Cursa providencia de 1 de marzo de 2016, emitida por el demandado, señalando se corra en traslado a las partes, quienes deberán responder en el plazo de tres días el pedido de la cesación a la detención preventiva interpuesta por el accionante; pasado el plazo referido con contestación o sin ella se dictara resolución sin necesidad de audiencia dentro del plazo que la norma establece, debiendo cumplirse con las formalidades de ley de conformidad lo establecido en el art. 239.3 CPP, modificado por la Ley 586 (fs. 21).