SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2016-S1

Fecha: 03-Jun-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 5 de noviembre de 2015, se denunció la presunta comisión del delito de amenazas, ampliándose posteriormente la investigación en su contra y otros, por el supuesto tipo penal de asesinato en grado de tentativa. El 19 de enero de 2016, Lucio Hinojosa Quinteros y José Ausberto Parra Heredia, Fiscales de Materia –ahora demandados–, respaldados por la declaración de Esteban Adolfo Barroso Lewanstain, el informe del investigador asignado al caso y la    SC 0191/2004-R de 09 de febrero (que estableció la procedencia de la aprehensión directa), emitieron una Resolución y mandamiento de aprehensión contra María Patricia Navarro Wieler. En ese sentido no correspondía omitir su citación, debido a que no existía ningún indicio probatorio por el que se pueda concluir que fuera autora o partícipe del hecho.

En ese contexto, acusó que pese a que el 16 de marzo de 2016, presentó un memorial solicitando fijar fecha y hora para prestar su declaración informativa y dejar sin efecto el citado mandamiento; empero, si bien se estableció audiencia para el 28 de igual mes y año, se mantuvo la orden de aprehensión, por lo que se atendió parcialmente su petición. El 17 del mes y año señalados, recurrió ante la Jueza de Instrucción Penal Primera del departamento de Santa Cruz, como encargada del control jurisdiccional; sin embargo, a la fecha de presentación de su acción tutelar, no se dio alguna solución en ese sentido considera ilegal e indebidamente perseguida.