Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0661/2016-S1
Fecha: 15-Jun-2016
II.7.
II.7. Mediante nota de 1 de febrero de 2016, hizo conocer a la ya citada autoridad que cuando se presentó a su oficina no pudo ingresar a la misma debido a que impidieron su ingreso Melba Méndez Abariojo y Virginia Salas Vera, esta última quien la venía reemplazando señaló que ella no recibió ningún memorándum que indique que ya no debía ocupar el cargo (fs. 10).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1
- i)
- concedió
- II.7.
- II. 8
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 13
- III.3. Respecto al derecho al trabajo y la inamovilidad laboral de las personas con discapacidad
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR