SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0667/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0667/2016-S3

Fecha: 09-Jun-2016

denegó

La Jueza Primera de Sentencia Penal del departamento de Tarija, en suplencia legal de su similar Segunda, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 08/2016 de 11 de marzo, cursante de fs. 21 vta. a 23 vta., denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: 1) La prueba presentada por la parte accionante consistente en la copia del libro de novedades en el que consta su ingreso a la EPI de Moto Méndez no contiene la firma del funcionario policial a cargo; y, 2) La orden de permanencia de los accionantes en las instalaciones de la EPI de Moto Méndez fue emanada en virtud al deber de obediencia y sujeción que tienen los accionantes como funcionarios policiales, lo cual no puede considerarse como una privación indebida de su libertad, máxime tomando en cuenta que estos no demostraron que se encontraban gozando de su día de descanso.