SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0671/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0671/2016-S3

Fecha: 09-Jun-2016

II.2.

II.2. Por memorial presentado el 27 de enero de 2016 el ahora accionante solicitó cesación de la medida cautelar (fs. 10), constando acta de audiencia de 15 de febrero de igual año, en la cual el abogado del entonces imputado señaló que: “…le consultado a la representante del MP para que se emita un acto conclusivo de suspensión condicional del proceso por lo que solicito que la presente audiencia se suspenda…” (sic), disponiendo la Jueza demandada que: “Tomando en cuenta el informe emitido por la Sra. Secretaria del Juzgado donde se pone en conocimiento la inconcurrencia de la víctima y la falta de traslado del imputado pese haberse emitido la orden de conducción, asimismo lo manifestado por el abogado del imputado en ese sentido se tiene por suspendida la audiencia y por decaída la pretensión de la defensa del imputado y lo demás se va considerar cuando se presente el acto conclusivo” (sic) (fs. 14 y vta.).