SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0681/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0681/2016-S3

Fecha: 14-Jun-2016

concedió

El Juez Público de la Niñez y Adolescencia Segundo del departamento de Potosí, constituido en Juez de garantías, por Resolución 03/2016 de 4 de marzo, cursante de fs. 66 a 69, concedió la tutela solicitada, disponiendo la reincorporación inmediata de la accionante a su fuente laboral, más el pago de sus salarios devengados, con la salvedad de los salarios depositados y demás derechos sociales que les corresponden a la madre y al hijo; bajo los siguientes fundamentos:                    1) Los términos contenidos en la Conminatoria de reincorporación evidencian claramente que la demandada no procedió a la reincorporación de la accionante en su debido momento, sino que procedió a impugnar la Resolución; 2) Cuando se trata de retiro justificado por no concurrir a su fuente laboral por más de seis días, la jurisprudencia establece que en cualquier tipo de retiro antes mencionado o a consecuencia de un proceso disciplinario, la sanción se difiere hasta que el niño cumpla un año de edad; y, 3) La accionante al encontrarse en estado de gestación y consecuentemente haber nacido el niño, goza de estabilidad laboral hasta que este cumpla un año de edad, y el no haber procedido la parte demandada a la reincorporación de la accionante a su fuente laboral, puso en riesgo sus derechos a la vida, a la salud y a la seguridad social, al trabajo y a la estabilidad laboral, por lo que corresponde dar curso a la acción de amparo constitucional solicitada.