Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0681/2016-S3
Fecha: 14-Jun-2016
I.2.3. Intervención de la tercera interesada
Eulogia Flores Pacara, representante de la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Potosí, en audiencia manifestó que la citada Jefatura Departamental emitió Conminatoria de reincorporación, misma que fue ratificada por la máxima autoridad -Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social-, a través de la RM 1111/2015, asimismo, el art. 48 de la CPE indica que se debe que respetar la inamovilidad laboral de la mujer embarazada hasta que su hijo o hija cumpla un año de edad.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- concedió
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos por las razones antes expuestas
- III.2.
- CONFIRMAR