SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2016-S1

Fecha: 23-Jun-2016

a)

Iván Sandoval Fuentes y Mirna Sandra Molina Villarroel, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, no asistieron a la audiencia; sin embargo, presentaron informe que corre a fs. 101 y vta., en el que hacen referencia a la temática cuestionada, al señalar en partes salientes: a) La acción de amparo constitucional no es una instancia más de revisión y menos de análisis de la legalidad ordinaria, toda vez que Mario Guidi Gutiérrez omitió cumplir con el nexo de causalidad entre el hecho generador de vulneración con los derechos supuestamente invocados como vulnerados, a más de que ni siquiera adjunta la documental del acto generador de vulneración de derechos denunciados; y, b) El impetrante de tutela limitó al Tribunal de garantías abrir su competentica, por lo que, piden se deniegue la acción interpuesta.