SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0695/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0695/2016-S3

Fecha: 14-Jun-2016

a)

José Ayaviri Siles, Juez Tercero de Ejecución Penal del departamento de La Paz,     en audiencia, manifestó que: a) Se concedió al accionante el beneficio de detención domiciliaria y ante el incumplimiento de requisitos procedió su revocatoria; b) El ahora accionante pone a colación una serie de trámites que presentó, como la solicitud de indulto parcial, extramuros y otros, no actuando de forma parcializada en el presente caso, sino más bien, cumpliendo con sus funciones de Juez en aplicación a las normas legales; c) En esa instancia no corresponde resolver el incidente de recusación, éste debe seguir el trámite correspondiente conforme a lo establecido en el Código de Procedimiento Penal; d) Por circunstancias similares, el accionante planteó acción de libertad contra su persona; y, e) Respecto al pedido de redención, no es responsable, sino el Juez Cuarto de Ejecución Penal, Abraham Aguirre Romero, solicitud que no fue apelada.