SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0706/2016-S3
Fecha: 14-Jun-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a querella de Jorge Rubén Camacho Arnés contra Ángel Oscar Villarroel Díaz, Fredy Roger Pérez Balderrama, Milenka Tania Barrientos Andia y su persona, por la presunta comisión de los delitos de resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes; incumplimiento de deberes; prevaricato; consorcio de jueces, fiscales, policías y abogado; privación de libertad; y, organización criminal; el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal del departamento de Chuquisaca, mediante Auto 80/2016 de 3 de marzo, dispuso su la detención preventiva.
Inmediatamente, de haberse dictado el citado Auto, a través de su abogado vía de la complementación y enmienda solicitó determinar cuáles fueron los elementos objetivos considerados para decretar la concurrencia del art. 235.1, 2 y 3 del Código Procedimiento Penal (CPP); sin embargo, no obtuvo respuesta; razón por lo cual, de manera oral formuló apelación contra el mismo, acto procesal que tampoco fue contestado; toda vez que, el Juez “abandonó” el Juzgado generando incertidumbre respecto a la apelación planteada.
Al momento de efectuarse la audiencia de apelación incidental sobre la medida cautelar impuesta, el 11 de marzo de 2016, Elena Esther Lowenthal Claros de Padilla y Hugo Bernardo Córdova Eguez, Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, encontrándose en posiciones divergentes convocaron a Mirna Sandra Molina Villarroel e Iván Sandoval Fuentes, Vocales de su similar Primera, quienes el 15 del referido mes y año “…sin ingresar a considerar el fondo de la apelación…” (sic), manifestaron que la misma se encontraba fuera de plazo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- procedencia”
- II.2.
- II.3.
- celeridad
- lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- Fragmento 11
- incumplimiento de los plazos procesales para remitir los actuados pertinentes
- III.2.1.
- III.2.2.
- CONFIRMAR