SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0730/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0730/2016-S3

Fecha: 22-Jun-2016

denegó

La Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 006/2016 de 25 de febrero, cursante de fs. 187 a 196 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) La nota de 2 de julio de 2015, firmada por las accionantes y entregada al demandado un día después, a criterio de ese Tribunal, solo hizo presente la conformación de la Directiva de “LIGA DE MAXI BÁSQUET COCHABAMBA”, y a mérito de ello, se requirió cursar oficios a las demás directivas de la “LIGA NACIONAL DE MAXIBASQUETBOL” para su legitimación; b) Respecto al oficio de 29 del mes y año señalados anteriormente, se tiene que recién a partir de este la parte accionante pidió una contestación debidamente fundada, así como informes y fotocopias legalizadas; es decir, esa solicitud no fue reiterada de manera posterior por las accionantes ni existió falta de respuesta alguna que hubiera dado cabida a la interposición de esta acción de defensa, por lo que se estableció que no se agotó la reclamación ante el Presidente demandado, constituyéndose en una obligación omitida por la parte accionante; y, c) Con relación a lo expresado por el demandado, en sentido de desconocer el domicilio de las accionantes, motivo por el cual no pudo hacer llegar la respuesta presentada como prueba, se generó duda en ese Tribunal de garantías sobre dicho aspecto, por ello, no pudo darse cumplimiento a lo dispuesto en el art. 6 del Reglamento de la “LIGA NACIONAL DE MAXIBASQUETBOL”, por parte del demandado.