SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0748/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0748/2016-S3

Fecha: 29-Jun-2016

1)

La accionante a través de su abogado, ratificó los términos expuestos en la presente acción de defensa y ampliándolos manifestó que: 1) En copropiedad con Renato Torrico e Isidora Calderón, adquirió un inmueble consistente en un lote de terreno con una superficie original de 447 m2, actualmente reducido a 369 m2, ubicado en la calle Cala esquina Junín en Punata del departamento de Cochabamba, respecto al cual ejercieron actos de posesión y dominio; 2) Años atrás y a solicitud de auxilio de la persecución de su comunidad, otorgó parte de su propiedad a “…Domingo Rodríguez y Alicia Torrico…” (sic) -ahora terceros interesados-, quienes posteriormente presentaron una demanda de usucapión sin acompañar certificado alguno y a sabiendas de quienes eran los propietarios;      3) En el proceso de usucapión no se exigieron certificados de catastro ni pago de impuestos respecto al bien inmueble, además se interpuso contra presuntos interesados y la única prueba presentada fue una inspección; y, 4) Tomó conocimiento del proceso y planteó un incidente de nulidad de obrados que fue rechazado por el juez de la causa, sin previo traslado y en razón a que había terminado su competencia, decisión que fue confirmada en apelación por las autoridades ahora demandadas.

Alicia Terrazas Guevara, mediante su abogado y en audiencia, manifestó que:         1) Vive en esa propiedad aproximadamente 39 años, hecho que puede ser constatado por los vecinos de Punata; 2) Nunca conoció al accionante como propietario del bien inmueble; 3) Todos los requisitos legales fueron cumplidos y que si bien no existe un registro catastral, es el Gobierno Autónomo Municipal de Punata quien informa si el bien inmueble se encuentra o no dentro del radio urbano; y,       4) No obró de mala fe y ratificó el informe de las autoridades demandadas.