Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0756/2016-S3
Fecha: 04-Jul-2016
I.1.3. Petitorio
Solicitan se conceda la tutela; y en consecuencia, se anule obrados hasta el vicio o vulneración más antigua; es decir, hasta el recurso de reposición con alternativa de apelación contra el decreto de 3 de julio de 2015, así como la designación de perito, y se ordene la resolución de esos recursos planteados; toda vez que, dentro del proceso ejecutivo en cuestión ya está señalada la audiencia de subasta y remate para el 3 de marzo de 2016.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia respecto a la improcedencia de la acción de amparo constitucional en atención a su carácter subsidiario
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así:
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR