Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0771/2016-S3
Fecha: 04-Jul-2016
II.6.1.
II.6.1. Por Auto 681 de 11 de noviembre de 2013, la Jueza Octava de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz rechazó el incidente de nulidad interpuesto por el tercero interesado citado en el párrafo anterior, por improcedente, con el argumento que no sería parte del proceso en calidad de demandado, al haberse identificado plenamente los sujetos procesales, no teniendo por qué ser citados los herederos o posibles herederos (fs. 521).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.6.1.
- II.6.2.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- III.1. El debido proceso y el derecho a la defensa
- Fragmento 18
- III.2.
- empero dentro el proceso ejecutivo
- REVOCAR