Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0771/2016-S3
Fecha: 04-Jul-2016
II.7.
II.7. Los hoy accionantes y otros, por memorial presentado el 28 de octubre de 2014, presentaron oposición al desapoderamiento, alegando ser herederos forzosos del bien motivo de la demanda ordinaria de reivindicación, desocupación y entrega de inmueble sub urbano, seguido contra su madre, señalando que no corresponde ordenar ningún tipo de desapoderamiento mientras no se resuelva la controversia jurídica entre el demandante y los herederos de su padre Oscar Alpire Ascarrunz (fs. 615 a 617).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.6.1.
- II.6.2.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- III.1. El debido proceso y el derecho a la defensa
- Fragmento 18
- III.2.
- empero dentro el proceso ejecutivo
- REVOCAR