AUTO CONSTITUCIONAL 0233/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0233/2016-RCA

Fecha: 12-Ago-2016

I.5. Síntesis de la impugnación

Manifestó que no se tomó en cuenta la solicitud de complementación y enmienda realizada el 21 de diciembre de 2015, la respuesta a la complementación de 23 del mismo mes y año, mediante el proveído            AN-GROGR-ULEOR-SET-243/2015; asimismo, el 5 de enero de 2016, recién le certificaron los extremos solicitados, a efectos de hacer valer como prueba dentro del recurso de alzada, referido a las notificaciones que se hubiesen hecho en el proceso contravencional aduanero; en ese entendido la última notificación fue el 23 de diciembre de 2015, fecha desde la cual empieza a correr el plazo procesal para la interposición del recurso de alzada; sin embargo, una vez presentado el 8 de enero de 2016, el Tribunal de alzada de manera errónea y en flagrante violación de sus derechos denegó el mismo, sin entrar en consideraciones de fondo, aduciendo que se planteó fuera del plazo establecido de los veinte días, según su criterio equivocado, forzado y sesgado.