DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2016

Fecha: 03-Ago-2016

compatibilidad

El actual texto del parágrafo VI antes parágrafo VII (debido a incorrecta enumeración) del art. 24 del proyecto de la carta orgánica, modificó su contenido, suprimiendo la frase: “la Vice Alcaldesa y Vice Alcalde”, declarada incompatible en la DCP 0018/2016, por lo que dicha modificación, fue efectuada de acuerdo al cargo de incompatibilidad desarrollado en la anterior Declaración Constitucional Plurinacional; en consecuencia, corresponde declarar su compatibilidad con la Constitución Política del Estado.

El actual texto del art. 26 del proyecto de la carta orgánica, modificó su contenido, suprimiendo la frase: “la Vice Alcaldesa o Vice Alcalde”, declarada incompatible en la DCP 0018/2016, por lo que dicha modificación, fue efectuada de acuerdo al cargo de incompatibilidad desarrollado en la anterior Declaración Constitucional Plurinacional, y merece su compatibilidad constitucional.

El actual texto del art. 37.II del proyecto de la carta orgánica, modificó su contenido, eliminando la frase: “la Vice Alcaldesa o Vice Alcalde”; por su parte el numeral 15 del parágrafo I del art. 39 del mismo proyecto, también modificó su contenido, eliminando la frase: “la Vice Alcaldesa o Vice Alcalde, u” y el término “electa”, todas declaradas incompatibles en la DCP 0018/2016, por lo que dichas modificaciones, fueron efectuadas de acuerdo al cargo de incompatibilidad desarrollado en la anterior Declaración Constitucional Plurinacional, corresponde declarar su compatibilidad con la Norma Suprema.

El actual texto del parágrafo III del art. 88 (antes art. 89) del proyecto de la carta orgánica, modificó su contenido, eliminado la frase “vice alcaldesa o vice alcalde”, declarada incompatible en la DCP 0018/2016, por lo que dicha modificación, fue efectuada de acuerdo al cargo de incompatibilidad desarrollado en la anterior Declaración Constitucional Plurinacional, corresponde declarar su compatibilidad con la Norma Suprema.