DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2016

Fecha: 03-Ago-2016

Fragmento 11

La DCP 0018/2016, con referencia al art. 26 del proyecto la carta orgánica, estableció la siguiente puntualización: “La disposición objeto de análisis, establece la prohibición de la licencia indefinida para autoridades ediles, entre las cuales incluye a la Alcaldesa o Alcalde; con referencia a esta autoridad en la DCP 0006/2015, se señaló: …En mérito al principio de autogobierno y la cualidad gubernativa, los gobiernos sub nacionales, pueden establecer la estructura organizativa de sus órganos de gobierno, de acuerdo a su realidad y la forma en que pretenden encarar la gestión pública en el ámbito de sus competencias; partiendo de esa lógica, se prevé como uno de los contenidos mínimos de los estatutos autonómicos y cartas orgánicas, la «Estructura organizativa y la identificación de sus autoridades» (art. 62.I.4 LMAD).