Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2016
Fecha: 03-Ago-2016
I.1. Contenido de la consulta
Por memorial presentado el 13 de julio de 2016, cursante a fs. 1099 vta., el consultante, Rómulo Serrudo Mostacedo, Presidente del Órgano Legislativo del Gobierno Autónomo Municipal de Monteagudo, provincia Hernando Siles del departamento Chuquisaca, expresó los siguientes fundamentos de hecho y derecho:
Habiendo sido notificados el 20 de abril de 2016; a través del CITE/TCP-PRES-ZHBM-117/2016, y luego de haber subsanado las observaciones efectuadas por el Tribunal Constitucional Plurinacional, remiten por cuarta vez el proyecto de la carta orgánica del Municipio antes mencionado, para su respectivo control previo de constitucionalidad.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- INCOMPATIBILIDAD
- III.
- Fragmento 5
- 24.VII
- Artículo 22. Prohibiciones
- Segundo.-
- corresponde declarar la incompatibilidad constitucional de la frase
- compatibilidad
- Fragmento 11
- Cargo de incompatibilidad
- eclarar la incompatibilidad constitucional de la frase “la Vice Alcaldesa o Vice Alcalde”, inserta en el texto del art. 37.II
- Fragmento 14
- Disposición suprimida
- no fue objeto de ninguna modificación; en consecuencia, persiste la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado
- Artículo 89. Empresas municipales
- declarar la incompatibilidad constitucional de la frase “vice alcaldesa o vice alcalde”, inserta en el texto del art. 89.III del proyecto
- Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.