SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0656/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0656/2016-S2

Fecha: 08-Ago-2016

1)

Valentín Vidaurre Figueroa, a través de su abogado, en audiencia, indicó que:    1) Los accionantes no presentaron documentación que acredite su calidad de socios y por ende su legitimación activa; 2) Respecto al derecho de petición en sus memoriales y solicitudes presentadas, señalaron que conocerán las respuestas en secretaría de la asociación, lugar donde se hicieron conocer las mismas, y al cual no acudió la parte accionante para recogerlas; 3) Carece de legitimación pasiva, porque la Resolución la firmaron los miembros del directorio en pleno y no sólo él, por lo que debieron demandar a todos ellos; 4) Los accionantes no agotaron los recursos previstos en el Estatuto y Reglamento, no habiendo planteado la reconsideración de la resolución; 5) Mencionan artículos y figuras que corresponden a un borrador de Estatuto y Reglamento; en consecuencia, pide se deniegue la tutela solicitada.

En ejercicio del derecho a la dúplica señalaron que, la figura del “Tribunal de Honor” que mencionan, no se encuentra establecido en el vigente y actual Estatuto y Reglamento; asimismo, al emanar la resolución de expulsión de una asamblea, debieron solicitar en la misma, un recurso de “Reconciliación” (sic) o de revocatoria, para que allí se reconsidere la decisión, no habiendo ellos agotado las instancias.