SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0656/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0656/2016-S2

Fecha: 08-Ago-2016

cuando una Resolución ha sido pronunciada por un Tribunal Colegiado, el recurso debe ser interpuesto, contra todos quienes intervinieron en ella’

En relación a esta temática, la SCP 0002/2015-S1 de 27 de enero, mencionando jurisprudencia anterior señaló que: “’«…cuando se impugnan actos, decisiones u omisiones de Tribunales colegiados que eventualmente lesionen derechos fundamentales o garantías constitucionales de una persona, establece que: ‘cuando una Resolución ha sido pronunciada por un Tribunal Colegiado, el recurso debe ser interpuesto, contra todos quienes intervinieron en ella’»(SSCC 0059/2004-R y 1098/2003-R, entre otras).