SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0656/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0656/2016-S2

Fecha: 08-Ago-2016

a)

Los accionantes a través de su abogado, en audiencia, ratificaron el contenido del memorial de su acción y haciendo el uso de la réplica señalaron que: a) Hacen llegar los aportes y su inscripción; b) En el memorial que subsana lo observado. “no hemos tocado el Derecho a la Petición” (sic), y se pidió anular los votos resolutivos, señalando que fueron parte de la Asamblea en la que se dieron los actos arbitrarios; c) No fueron notificados con ningún actuado desde las dos Asambleas Ordinarias, pese a estar presentes en ellas; y, d) Existe un Tribunal de honor en caso de que se quiera practicar algún proceso interno y también se prevé la apelación.