SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0656/2016-S2
Fecha: 08-Ago-2016
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
Refieren que desde la posesión del nuevo Directorio de la Asociación, presidido por el ahora demandado, se asumieron determinaciones y actitudes represalias contra ellos, por supuestos malos manejos económicos que habrían ocurrido en las gestiones 2012 al 2014, en que fueron parte integrante del directorio.
En las Asambleas Generales Ordinarias de la referida asociación, realizadas el 12 de octubre y 12 de noviembre de 2015, el Presidente y los demás miembros del directorio, aprobaron de manera arbitraria y obligatoria en su contra, un Voto Resolutivo de Expulsión Inmediata de la asociación, vulnerando el procedimiento establecido por su Estatuto y Reglamento para asumir dicha determinación, a sabiendas de que existe un Tribunal Disciplinario que resuelve las faltas y sanciones previstas en sus normas; voto resolutivo con el cual no fueron notificados.
Señalan que se hicieron peticiones para llevar a cabo una reunión, a objeto de tratar el tema de su expulsión y para que se acate el Estatuto y su Reglamento; asimismo, pidieron se les haga conocer si existía dictamen o un informe de auditoría para asumir defensa y se les proporcione copia del Estatuto y Reglamento Interno de la Asociación, así como fotocopias legalizadas de las actas de las Asambleas Ordinarias, del libro de actas, fotocopias del Voto Resolutivo de Expulsión Inmediata, fotocopias autenticadas de la auditoría interna que se hubiere realizado de las gestiones 2010 al 2015; solicitudes que no tuvieron respuesta alguna.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la legitimación pasiva en las acciones de amparo constitucional
- que especifique e identifique claramente a los actores que vulneraron sus derechos y la relación directa entre los demandados y el acto que haya menoscabado o vulnerado sus derechos fundamentales, por lo que deberá dirigir esta acción contra todos aquellos que hayan participado de tales actos, de no hacerlo así, o al no identificar a todos los que cometieron tales actos, o de sólo darse una identificación parcial a pesar de que pudo identificarse a todos, o al no ser claros tales elementos; entonces la acción de amparo deberá ser declarada improcedente y se deberá denegar la tutela solicitada
- cuando una Resolución ha sido pronunciada por un Tribunal Colegiado, el recurso debe ser interpuesto, contra todos quienes intervinieron en ella’
- cuando es planteado contra decisiones judiciales
- a su vez tiende a garantizar también que con tales precisiones puedan estar a derecho para asumir defensa en debida forma
- debe procederse a la identificación precisa del servidor público
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- CONFIRMAR en todo