SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0658/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0658/2016-S2

Fecha: 08-Ago-2016

1)

Rolf Köhler Perrogón, actual Director Ejecutivo de la ABT, a través de su abogada y apoderada, por informe cursante de fs. 64 a 68 y vta., y en audiencia, señaló: 1) Los accionantes no impugnaron por la vía contenciosa administrativa la RM FOR 55, dejando precluir su derecho de impugnación, agotando los medios de defensa para luego recién recurrir a esta acción tutelar; 2) Fueron notificados con el Auto de inicio de proceso, aceptando ambos la comisión del hecho atribuido y renunciando al plazo probatorio; 3) La RA ABT 023/2015, respondió con explicación suficiente los argumentos de los accionantes; 4) Presentaron documentación del camión y certificado de propiedad cuyo titular era Samuel Pérez Guillén, declaración jurada notarial y un documento de transferencia sin reconocimiento de firmas ni registro en tránsito; además, la Dirección Departamental de Tránsito informó que el camión se halla registrado a nombre de Samuel Pérez Guillén; 5) No se vulneró el derecho al trabajo con el decomiso definitivo del camión, al no haberles privado de libertad y tampoco impedirles que puedan desarrollar cualquier actividad que genere su sustento diario y el de su familia; 6) La presente es la cuarta infracción que comete Samuel Pérez Guillén con el mismo vehículo, el cual es utilizado como medio de transporte para la comisión de infracciones contra el régimen forestal; 7) En el proceso no se hizo conocer que el destino de la madera intervenida tenía fines de uso doméstico; además, la misma se encontraba camuflada con bolsas de arroz y plátanos; y, 8) Se emitió una resolución motivada y fundamentada, respondiendo de forma negativa en cuanto a la revocatoria presentada; por consiguiente, solicita se declare la “improcedencia” de la acción tutelar o en su caso la deniegue con costas.