SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0658/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0658/2016-S2

Fecha: 08-Ago-2016

denegó

La Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 14 de abril de 2016, cursante de fs. 385 a 386 vta., denegó la tutela solicitada, con los siguientes argumentos: a) Los accionantes fueron sometidos a un proceso administrativo por la comisión de la infracción forestal de transporte ilegal de madera aserrada, que concluyó con la RM FOR 55, pronunciada por la Ministra demandada, advirtiéndoles que queda expedita la vía del proceso contencioso administrativo; b) No obstante estar advertidos, no activaron esa vía jurisdiccional, habiendo planteado de forma directa la acción de amparo constitucional; c) El art. 70 de la LPA, otorga a los administrados la posibilidad de impugnar los actos de la administración pública, disposición concordante con los arts. 50.I del Decreto Supremo (DS) 26839 de 8 de noviembre, que reglamenta los procedimientos administrativos del Sistema de Regulación de Recursos Naturales Renovables (SIRENARE) y 189.3 de la CPE; d) Es meritorio el argumento expuesto por las autoridades demandadas; toda vez que, por la naturaleza de la acción de amparo constitucional, no les es posible a los accionantes activar la jurisdicción constitucional supletoriamente a la jurisdicción ordinaria, por expresa prohibición del art. 54 del Código Procesal Constitucional (CPCo); y, e) Los actos denunciados de trato desigual, no pueden constituir fundamento fáctico de procedencia de esta acción de amparo constitucional.