SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0664/2016-S2
Fecha: 08-Ago-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera vulnerado sus derechos al debido proceso y a la “seguridad jurídica”, puesto que se había demandado en la vía familiar y ante la autoridad ahora demandada Jueza Pública Segunda en materia Familiar por parte de las causahabientes de Ela Gaby Justiniano Otarola, una demanda de declaratoria de ganancialidad y la posterior división y partición de bienes hereditarios entre los herederos forzosos de esposos fallecidos; habiéndose cuestionado la competencia de la autoridad judicial demandada, señalando una cadena de normas civiles y familiares sosteniendo que la causa debió ser sustanciada únicamente en el ámbito civil y no en el ámbito familiar. Asimismo sostienen que se había presentado un incidente de nulidad y actividad procesal defectuosa y la autoridad judicial ahora demandada, habría resuelto emitiendo una resolución de rechazo del mencionado incidente, manteniendo su competencia, la cual fue apelada, y que fuera concedida en efecto diferido y como quiera que se hallaba cuestionada dicha competencia, es que a efectos de evitarse mayores perjuicios interpuso la presente acción de defensa.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 3
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- a) Por vulneración del derecho a una Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación
- III.3.
- Fragmento 15
- CONFIRMAR