SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0722/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0722/2016-S2

Fecha: 08-Ago-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Ingresó a prestar servicios en el SEDES Cochabamba, inicialmente como apoyo administrativo de Recursos Humanos (RR.HH.), luego la transfirieron como odontóloga de planta del Centro de Salud Villa Israel Red Cercado, con ítem 74391 del Tesoro General de la Nación (TGN); Técnica de Recursos Humanos, y nuevamente como odontóloga de planta en el Centro de Salud Ucureña Red Tarata con el mismo ítem señalado; transferencias que se produjeron con su consentimiento y aceptación; hasta que mediante memorándum 001260 de 16 de enero de 2015, el Director Técnico del SEDES ahora demandado, dispuso su transferencia en el mismo cargo de odontóloga de planta en el Centro de Salud Entre Ríos, Red de servicios de Salud Ivirgarzama, manteniendo su mismo ítem; hecho que se produjo sin su consentimiento.

Al no estar de acuerdo con esta medida, interpuso recurso de revocatoria, emitiéndose la Resolución 1/2015 de 9 de febrero, que confirmó el memorándum 001260, señalando que debe cumplirse el mismo; contra esta Resolución el 25 del mismo mes y año, planteó recurso jerárquico, dictándose la Resolución 003/2015 de 17 de abril, que afianzó la resolución recurrida.