SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0728/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0728/2016-S2

Fecha: 08-Ago-2016

II.2.

II.2.  Cursa decreto de 4 de abril 2016, donde se señala que al realizar la primera audiencia de juicio oral corresponde disponer la radicatoria de la causa en el estado en que se encuentra para proseguir el juicio, toda vez que la competencia del Tribunal fue modificada a partir de 3 de mayo de 2016, a horas 9:00, previa notificación a las partes y demás formalidades de ley   (fs. 27 vta.)