SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0740/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0740/2016-S1

Fecha: 02-Ago-2016

1)

Los accionantes a través de su abogado, ratificó el contenido de la acción e indicó que: 1) Su derecho propietario nunca estuvo en discusión; 2) Adolfo Marca Challco, en su condición de Secretario General es quien promovió la reunión y convocó a su madre, para que firme un nuevo documento de compra-venta, todo registrado en el libro de actas de la comunidad, donde claramente se prueba las medidas de hecho tomadas en su contra al haberle ocasionado un daño inminente e irreparable, con lo suscitado el 28 y 29 de enero de 2016, en asamblea, donde no hubo consentimiento de parte de los accionantes; 3) Se encuentran ante un inminente avasallamiento; en el entendido que lograron consolidar una compra-venta ilegal sobre su terreno, desconociendo su derecho propietario; 4) Los accionantes cumplieron la dirigencia y la función social en su comunidad; por lo que, se les otorgó dos certificaciones por parte de Luciano Pezas y de Nicanor Huanaco Apaza, quienes fueron Secretarios Generales de su comunidad; empero, las nuevas autoridades de 2016, desconocieron su derecho; y, 5) Asimismo, la comunidad se encuentra en etapa de urbanización, donde igualmente los demandados están afectando su terreno, signándolo con la letra L, cuando debía ser lote veintiséis.