SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0757/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0757/2016-S1

Fecha: 03-Ago-2016

II.2.

II.2.    Por escrito de 3 de agosto de 2012, el Banco BISA S.A., interpuso recurso de apelación contra el referido Auto Interlocutorio de 29 de junio de igual año; siendo respondida la misma por la ahora accionante, mediante memorial presentado el 20 de agosto de 2012, y en el “Otrosí. 1” (sic), señaló nuevo domicilio procesal en el primer piso, oficina 4 del edificio Schwann, ubicado en calle 24 de Septiembre 633; mismo que fue providenciado por Auto de 23 del señalado mes y año; haciendo referencia a los escritos anteriormente mencionados, concedió la apelación en el efecto devolutivo, sin pronunciarse respecto al nuevo domicilio fijado en el memorial de contestación, notificándose tal Auto a la accionante en planta baja oficina 2 del edificio Schwann ubicado en calle 24 de Septiembre 633; siendo resuelta la impugnación por Auto de Vista de 21 de marzo de 2013, pronunciado por los Vocales de la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, revocando el Auto Interlocutorio de 29 de junio de 2012 y declarando improbada la tercería de dominio excluyente, existiendo un voto disidente; notificándose tal decisión a la accionante por diligencia de 29 de mayo de 2013, en el domicilio ubicado en planta baja, oficina 2 del edificio Schwann (fs. 9 a 16 y 20 a 24).