SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0761/2016-S1
Fecha: 03-Ago-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Suscribió contrato de alquiler de una casa ubicada en el “Barrio Mapajo avenida 9 de febrero” (sic) con Iliane, apoderada de Samaria ambas Murakami Bello –propietaria– comprometiéndose al pago de Bs2000.- (dos mil bolivianos), por concepto de alquiler, el 10 de marzo de 2016, la dueña del inmueble, exigió el pago de tres meses atrasados, los cuales no pudo cancelar debido a problemas económicos resultantes de un accidente que sufrió su hijo, ante tal exigencia, le explicó a la mencionada que pagaría todo lo adeudado una vez que consiguiese vender su automóvil u otras pertenencias, extremo que no fue aceptado por la nombrada; a consecuencia de ello, la propietaria de la vivienda, aprovechando su ausencia por motivo de viaje, sacó las pertenencias de sus hijos y de ella a un cuarto y pasillo, luego procedió a ocupar los ambientes, cambiando las chapas de las puertas negándole el acceso al baño y al agua a su hija; a su retorno vanos fueron sus intentos de arreglar la situación hasta que el 3 de abril del mismo año, les prohibió el acceso al domicilio y fueron dejadas en la calle con la ropa que tenían puesta, apoderándose de sus pertenencias que quedaron dentro la vivienda, ante tales acontecimientos, acudió a diferentes instituciones en busca de un arreglo, mismas que no le brindaron ayuda alguna, afirmó que los hechos descritos precedentemente, constituyen una vulneración a sus derechos fundamentales.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 9
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- a) Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente; y, b) Evitar el ejercicio de la justicia por mano propia; en ese orden, a partir de estas dos finalidades y dentro del alcance de los presupuestos de activación de la acción de amparo constitucional como mecanismo idóneo para la eficacia tanto vertical como horizontal de derechos fundamentales,
- 2) La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela
- se establecen los siguientes presupuestos: i) La carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica, es decir en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales establecidos para la definición de hechos o derechos
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR