Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0761/2016-S1
Fecha: 03-Ago-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante considera que vulneraron su derecho a la inviolabilidad de domicilio, habida cuenta que las demandadas, dueñas de la casa que ella alquilaba, le exigieron el pago de tres meses de renta atrasados, ante la imposibilidad de cumplir dicho pago, desocuparon los ambientes en los que vivía junto a sus hijos, cambiaron las chapas de las puertas y le negaron el acceso al agua y a los servicios básicos a su hija, ante los hechos acontecidos, interpone la presente acción tutelar con el fin que se le restablezcan sus derechos conculcados.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 9
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- a) Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente; y, b) Evitar el ejercicio de la justicia por mano propia; en ese orden, a partir de estas dos finalidades y dentro del alcance de los presupuestos de activación de la acción de amparo constitucional como mecanismo idóneo para la eficacia tanto vertical como horizontal de derechos fundamentales,
- 2) La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela
- se establecen los siguientes presupuestos: i) La carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica, es decir en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales establecidos para la definición de hechos o derechos
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR