SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0771/2016-S2
Fecha: 22-Ago-2016
a)
Mirtha Gaby Meneses Gómez y Gina Luisa Castellón Ugarte, Vocales de la Sala Penal Tercera y Segunda, respectivamente, del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante informe escrito, cursante de fs. 20 a 22, solicitaron se deniegue la tutela a la accionante, en base a los siguientes argumentos: a) Si bien el art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, su tramitación en cuanto a forma y plazo está en función a la naturaleza del recurso y la materia, en el caso presente, la resolución impugnada tiene que ver con la aplicación de medidas cautelares de carácter personal, que están sujetas al procedimiento establecido en el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), con relación al art. 396 del mismo cuerpo legal; es decir que, en la apelación de medidas cautelares, el plazo corre de momento a momento y este aspecto fue analizado en el Auto de Vista de 3 de febrero de 2016, evidenciando que el recurso de apelación incidental interpuesto por la accionante fue presentado fuera del plazo legal que prevé el art. 251 antes referido e incumple la condición de tiempo y forma establecido por el art. 396. III del CPP; y, b) La naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional implica que, no procede como una instancia adicional, alternativa o complementaria a las acciones y recursos legales ordinarios; sin embargo, el caso planteado por la accionante se enmarca en una de las subreglas de subsidiariedad desarrolladas por la jurisprudencia constitucional, ya que el recurso de apelación incidental fue interpuesto de manera extemporánea, al equivocar la impugnación fundada en los arts. 403 y 404 del CPP, omisión e inobservancia que no es atribuible a sus autoridades.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del procedimiento para el planteamiento del recurso de apelación incidental contra la resolución que disponga, mantenga o modifique una medida cautelar
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo