Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0771/2016-S2
Fecha: 22-Ago-2016
II.2.
II.2. Por decreto de 17 de diciembre de 2015, la Jueza de Instrucción Penal Sexta del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, en razón a la presentación del recurso de apelación incidental citado precedentemente, dispuso la remisión de los antecedentes en fotocopias legalizadas a la Sala Penal de turno del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba (fs. 34), mediante nota de atención de 2 de febrero de 2016 (fs. 35).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del procedimiento para el planteamiento del recurso de apelación incidental contra la resolución que disponga, mantenga o modifique una medida cautelar
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo