SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0771/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0771/2016-S2

Fecha: 22-Ago-2016

II.3.

II.3.  Mediante Auto de Vista de 3 de febrero de 2016, las Vocales ahora demandadas declararon inadmisible el recurso de apelación incidental interpuesto por la accionante, refiriendo que la Resolución apelada fue dictada en audiencia pública realizada el 4 de diciembre de 2015 (finalizada a horas 11:10) y conforme la previsión del art. 251 del CPP el plazo para interponer el citado recurso, comenzó a correr ese día a partir de esa hora, habiendo finalizado el mismo el 7 del referido mes y año a horas 11:10, conforme el cómputo de plazo establecido por el art. 130 párrafo segundo del precitado cuerpo normativo y que sin embargo, de acuerdo a la nota electrónica, la accionante planteó el aludido recurso el 8 de diciembre de 2016 a horas 14:38, fuera del término legal fijado de las setenta y dos horas previstas por en el señalado artículo (fs. 37).